LEGISLACIÓN SOBRE EL USO DE MONOPATINES ELÉCTRICOS EN ARGENTINA .
Si bien la Ley Nacional de tránsito no los contempla porque es anterior a la aparición de estos vehículos, la Agencia Nacional de Seguridad Vial los contempla con disposiciones a nivel nacional que se pueden ajustar al funcionamiento de cada ciudad .-
Regulación actual (ANSV y normas complementarias)
Para cubrir ese vacío, la ANSV dictó disposiciones que hoy funcionan como marco general en el país:
🚦 Dónde pueden circular
• Solo en calles y avenidas urbanas
• ❌ Prohibido en:
• veredas
• zonas peatonales
• rutas, autopistas o semiautopistas 
⚡ Velocidad
• Máximo: 30 km/h 
👤 Requisitos del conductor
• Edad mínima: 16 años
• Solo una persona por vehículo
• Uso de casco obligatorio 
🛴 Requisitos del monopatín
Debe tener:
• frenos eficaces
• luces delantera y trasera
• (en algunas normas) bocina o timbre 
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🏙️ Importante: rol de cada ciudad o provincia
Cada jurisdicción puede:
• sumar restricciones propias
• definir dónde exactamente pueden circular (por ejemplo, ciclovías)
• establecer controles y sanciones
Por eso, lo que vale en Buenos Aires o Rosario puede variar respecto a Santa Fe o tu localidad.
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✅ En resumen
• La ley nacional no los regula directamente.
• Pero hoy están reconocidos como “dispositivos de movilidad personal” mediante normas complementarias.
• Tienen reglas básicas: casco, edad mínima, velocidad límite y circulación solo en zonas urbanas.
• Las provincias y municipios terminan de definir el uso concreto.


