La dirección de la Esc. N°853 Fray Ermete Costanzi comunica a las familias y a la comunidad en general, que hemos activado el PROTOCOLO MINISTERIAL, según lo establece la circular N° 1/23 para hechos delictivos contra establecimientos escolares (pintadas intimidatorias y amenazas). Daclarando una ALERTA PREVENTIVA PARA EL DÍA DE HOY 22/04.Queremos transmitir tranquilidad ya que estamos trabajando de manera mancomunada con los equipos pertenecientes al Ministerio de Seguridad para que la institución puedan abrir sus puertas a todo el estudiantado y a su personal.Consideramos imperioso advertir que estas acciones no constituyen una broma ni una simple transgresión escolar, sino un DELITO GRAVE que vulnera el derecho a la educación y altera profundamente la paz social.Se reconoce la facultad de los padres para decidir sobre la asistencia de sus hijos el día de hoy, por razones de seguridad.Informamos sobre las severas responsabilidades legales vigentes:
Publicado22/04/2026
Comparte
EL DELITO DE INTIMIDACIÓN PÚBLICA Y LA RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL El hecho de realizar pintadas, publicar mensajes en redes sociales o dar falsas alarmas amenazando a una institución educativa configura el delito de INTIMIDACIÓN PÚBLICA, tipificado en el Art. 211 del Código Penal de la Nación, sancionable con penas de prisión. Es vital que los jóvenes comprendan el escenario legal al que se enfrentan si participan de estos desafíos. Se tomarán medidas para identificar a los autores y una vez hallados se los someterá al correspondiente proceso penal juvenil para determinar su responsabilidad.
CAUSAS JUDICIALES Y ALLANAMIENTOS El Ministerio Público de la Acusación de Santa Fe investiga activamente cualquier amenaza a las Instituciones Educativas, utilizando recursos tecnológicos avanzados como análisis de redes sociales, peritajes, rastreo de IP. La comunidad debe saber que estas investigaciones derivan rápidamente en allanamientos de domicilios, secuestro de teléfonos celulares y computadoras de toda la familia, y detenciones.
COSTOS ECONÓMICOS. RESPONSABILIDAD DE REPRESENTANTES LEGALES Cada amenaza de violencia extrema obliga a activar protocolos de seguridad que movilizan a las fuerzas policiales, brigadas tácticas, agentes de tránsito y servicios médicos, generando además desalojos y caos vehicular. Este inmenso costo operativo es asumido por el Estado y de acuerdo al Artículo 1754 del Código Civil y Comercial de la Nación: «Los padres son solidariamente responsables por los daños causados por los hijos que se encuentran bajo su responsabilidad parental y que habitan con ellos…». Por lo tanto, el Estado Provincial demandará y reclamará judicialmente a los padres, madres y/ representantes legales el pago íntegro de los gastos operativos y la reparación económica por los daños y perjuicios ocasionados por las acciones de sus hijos.
CONCIENTIZACIÓN Y ROL DE LA FAMILIA Las redes sociales pueden fomentar un efecto contagio, haciendo creer a los jóvenes que la virtualidad o el anonimato los exime de culpa. Este Ministerio pretende concientizar especialmente a las y los estudiantes de que lo que comienza como un reto de TikToK puede terminar con un proceso penal en su contra donde ponen en riesgo su libertad y los bienes de su familia para pagar los costos del operativo policial. EQUIPO DIRECTIVO ESC.N°853 “FRAY ERMETE COSTANZI”